A partir de esta búsqueda de ventaja competitiva, las organizaciones, cuando aplican un modelo de Gestión por Competencias, lo aplican tratando de llevar a cabo una alineación entre su plan estratégico (visión, valores, objetivos y metas) con sus procesos de negocio (aquellos hacia cuáles se dirigen su actividad empresarial), ha de estar en consonancia con los objetivos estratégicos (disminuir costes, aumentar productividad, aumentar la participación, utilización de un liderazgo efectivo…)

El plan estratégico junto a los procesos de negocio sigue una serie de iniciativas tales como marketing y crecimiento de negocio.

Lo que se pretende es ver cómo el modelo de Gestión por Competencias y el plan estratégico de la empresa se articula y se integra, pues el modelo de Gestión por Competencias es un modelo de gestión holística, un modelo sistémico que reconoce la articulación interdependiente de todos y cada una de las partes que constituye una organización. Los elementos que la forman son los procesos, la tecnología y los recursos; están presididos por un modelo de Gestión por Competencias que a la vez requiere o articula tres cosas vitales para la organización:

- Estrategia (misión, visión, valores, objetivos, metas…)
- Gestión del conocimiento
- Aprendizaje organizacional (capacidad de la organización de aprender con y a través del cambio).

La gestión del activo en este sistema, viene representado por las competencias, porque al estrategia de empresa y el conocimiento se interrelacionan, es decir, no pueden existir por separado, al igual que las competencias también se hacen necesarias para gestionar tecnologías cada vez más avanzadas, procesos cada vez más complejos y recursos cada vez más escasos, pero muy significativos.

En nuestro entorno actual: ¿Cómo debemos trabajar y relacionarnos para sobrevivir y competir en el marco actual? ¿Cuáles de nuestras competencias antiguas nos sirven hoy?

Las organizaciones tienen claro que es necesario adaptarse al cambio. Para ello necesitamos aclarar:
- Identidad de la empresa: misión
- Estrategia: qué visión voy a seguir para lograr la misión
- Procesos: para lograr la misión y visión (objetivos)

Aparte de esto, necesitamos conseguir establecer la eficiencia, calidad y satisfacción del personal. En este sentido, las políticas de Recursos Humanos y los agentes involucrados en esas políticas, es lo que nos va a permitir diseñar un modelo de Gestión por Competencias.

Este sería el primer paso a dar para instaurar un modelo de Gestión por Competencias.

Cuando vamos teniendo claro que las organizaciones buscan con este modelo una ventaja competitiva, tenemos que tener claro que cuando hablamos de empresa, hablamos de cadena de valor, la cual está formada por recursos, capacidades, actitudes centrales, competencias… que llevan a buscar esa ventaja competitiva única. Hoy en día, la cadena de valor de las organizaciones viene presidida por la gestión del conocimiento.

Las competencias que deberían tener las organizaciones nos llevan a hacernos diferentes interrogantes: ¿Cuál es el comportamiento que todos los empleados de una empresa deben tener para que sea exitosa? Hace referencia a los rasgos de comportamiento que cada uno debe poseer y ejecutar en su puesto; ¿Cuál es el comportamiento que una persona debe tener para ser exitoso en su puesto de trabajo? Hace referencia a que no es importante el comportamiento de una persona sino el comportamiento del grupo (competencias de la empresa corporativas).

Los comportamientos no son todos iguales para todos los puestos ni para todas las empresas.

Todas estas cuestiones hacen referencia a diferentes niveles:
1.- Rasgos de comportamiento que cada uno debe poseer y ejecutar en su puesto de trabajo. COMPETENCIAS GENÉRICAS
2.- Comportamientos de todas las personas en todos y cada uno de los puestos de la organización. COMPETENCIAS CORPORATIVAS
3.- En las organizaciones no todos hacen lo mismo. COMPETENCIAS ESPECÍFICAS.

Para definir esas competencias necesarias, debemos definir primero con exactitud y precisión todas las cuestiones anteriores por parte de la máxima dirección de la empresa, los comportamientos deseables y necesarios.

Es la propia empresa la que entiende qué comportamientos son los que a ella le harían tener una ventaja competitiva única dentro de la que se mueve. Lo definen las capas altas junto con nosotros, los técnicos, que elaboramos los perfiles competenciales.

Las competencias que deben poseer las organizaciones para ser exitosas serán aquellas que cada empresa en particular considere como más apropiadas para alcanzar sus objetivos. De ahí que ninguna empresa tenga una cartera de competencias igual a otra.

Estas competencias tendrán que definirse en función de sus recursos, capacidades y aptitudes centrales. También se van a definir en base a la capacidad que esa empresa necesita para gestionar conocimientos (hay que pensar en el futuro a la hora de identificar competencias).

El Hospital General Universitario de Elche (Alicante) está realizando varios talleres sobre el sistema de gestión de residuos para el personal con el objetivo de cuidar el “impacto que el trabajo sanitario genera en el medio ambiente”, cursos que están enmarcados en el Plan de Gestión Medioambiental por el que el Hospital obtuvo en junio de 2005 la certificación de calidad “ISO: 14001″ (uno de los primeros centros en recibirla).

La formación está a cargo de María Dolores Belen y destinados al personal de enfermería aunque no se descarta que otros grupos del hospital puedan recibir la misma formación.

Y es que el medioambiente es algo que debemos de cuidar todos y aprender lo que podamos para no destruirlo, y más aún en los hospitales donde los productos químicos y por ser un hospital que suele gastar más en sanitarios, el curso de formación les ha venido bastante bien.

En palabras de Juan Antonio Marqués, gerente del hospital, “Se ha elaborado un plan de gestión que es el pilar fundamental ateniéndonos a la normativa vigente en materia de residuos, se han hecho estudios sobre el impacto ambiental de los diferentes residuos, se han elaborado protocolos de actuación y responsabilidades para el personal, se ha hecho un plan de minimización de residuos y su correcta segregación y se han estudiado medidas de emergencia, entre otros aspectos”.

Vía: Europa press

PERMISOS DE TRABAJO DE REGIMEN ESPECIAL

Esta clase de permisos de trabajo se les concederá a los trabajadores extranjeros que, residiendo en la zona limítrofe, desarrollen su actividad en España y regresen a su lugar de residencia diariamente.

Clases de permisos de trabajo de régimen especial

- Tipo F: Para los trabajadores que residen en zonas fronterizas y que a diario trabajan por cuenta propia o ajena en zonas fronterizas del estado español pero regresan diariamente a su país. Tendrá una vigencia máxima de 5 años y será renovable con los mismos requisitos que los anteriores permisos de trabajo.

- Tipo G: Autoriza el trabajo en caso de desplazamiento temporal de un trabajador extranjero que dependa mediante contrato de una empresa establecida en un estado no miembro de la Unión Europea cuando:

* El trabajador sea por cuenta y bajo la dirección de la empresa para ejecutar un contrato celebrado entre la empresa y un destinatario de la prestación de servicios establecido en España.

* El desplazamiento sea a un centro de trabajo en España de la misma empresa extranjera o de otra empresa miembro del mismo grupo empresarial.

Este permiso de trabajo podrá limitarse a una actividad y ámbito geográfico concretos. Su duración coincidirá con el tiempo del desplazamiento del trabajador con el límite de un año, prorrogable por el mismo periodo si se acreditan idénticas condiciones

PERMISOS DE TRABAJO POR ACTIVIDADES DE TEMPORADA O DE DURACION DETERMINADA

Se solicitan cuando la actividad lucrativa a realizar no tenga carácter estable.

Son de dos tipos:

- Una actividad de temporada de tipo estacional como lo son las actividades agrícolas de campaña, cuya duración coincidirá con la del contrato de trabajo, con el límite de 9 meses dentro de un período de 12 meses consecutivos.
- Una actividad de duración limitada cuya duración coincidirá con la del contrato de trabajo, con el límite de 1 año. El permiso puede ser prorrogado en función de la actividad y limitado a una actividad o un ámbito geográfico.
El extranjero debe solicitar estos permisos en la Embajada o Consulado español en su país de origen, antes de entrar en territorio español, salvo en el caso de que tenga permiso de residencia en España y esté inscrito en las oficinas de empleo.

Cuando presente la solicitud de visado de entrada por trabajo de temporada:

- si tiene una oferta de trabajo a su nombre o un contrato de trabajo debe adjuntarla.
- si no tiene ninguna oferta solicitará la asignación de alguna de las ofertas genéricas presentadas por empresarios españoles. Este último supuesto se tramitará según el procedimiento de los contingentes, en el caso de que hubiesen sido convocados.

Los requisitos a presentar, a no ser que el procedimiento seguido sea el de los contingentes, el empresario deberá presentar con la solicitud un certificado emitido por el servicio público de trabajo en el que se acredite que no hay demandantes de trabajo disponibles.

En cualquier caso, la persona extranjera que solicita este permiso de trabajo debe comprometerse a volver al país de origen al finalizar la relación laboral. Una vez de vuelta en el país de origen, deberá acreditar dicho regreso durante el mes posterior a la finalización del permiso ante la Misión Diplomática o Consulado donde obtuvo el visado de entrada, lo que le dará prioridad para obtener el mismo tipo de permiso en el futuro.

Cuando entre a España, el extranjero tendrá que solicitar, además del correspondiente permiso de temporada, un permiso de residencia, a no ser que el contrato tenga una duración inferior a 6 meses, en cuyo caso será suficiente contar con un visado de estancia especial.

Estos permisos no se renuevan, al margen de su prórroga – referida a la actividad de duración limitada – con las limitaciones indicadas. Las solicitudes de estos permisos deben presentarse nuevamente cada vez.

El hecho de haber sido contratado por actividades de temporada durante 4 años, consecutivos o no, es un factor que se valorará positivamente para la concesión de un permiso de trabajo inicial por cuenta ajena.

Clases de permisos de trabajo por actividades de temporada o de duración limitada
- Tipo A: Para actividades de duración limitada o de temporada (instalación de equipos, montaje de plantas industriales,…). Su duración coincidirá con la del contrato de trabajo, con el límite de un año.

- Tipo T: Para actividades o servicios de temporada y pueden limitarse a una actividad y ámbito geográfico concretos. Su duración coincidirá con la del contrato de trabajo, no pudiendo exceder de 9 meses, dentro de un periodo de 12 meses consecutivos.

En España existen diversos tipos de trabajo dependiendo de la actividad que se vaya a realizar.

PERMISOS DE TRABAJO POR CUENTA AJENA
Los permisos de trabajo por cuenta ajena se solicitan cuando la actividad a realizar es estable y no tiene carácter autónomo, sino que implica un contrato de trabajo y, por tanto, una relación laboral con un empresario. Éste es quien presenta la solicitud y no el trabajador.

Los requisitos que se necesitan para solicitar el permiso de trabajo por cuenta ajena son:

- Contar con permiso de residencia, o bien solicitarlo conjuntamente.
- Tener una oferta de trabajo de un empresario autorizado para trabajar y residir en España.

A no ser que el procedimiento seguido sea el de cupos, el empresario deberá presentar con la solicitud un certificado emitido por el servicio público de trabajo en el que se acredite que no hay demandantes de trabajo disponibles para esa actividad laboral.

En cuanto a las renovaciones de los permisos, éstas no pueden contener limitaciones de validez geográfica o de tipo de actividad. Para poder solicitar la renovación debe acreditarse la continuidad de la relación laboral o contar con un nuevo contrato de trabajo; en este caso, deberá figurar la situación de alta en la Seguridad Social y acreditar la realización habitual de la actividad laboral anterior.

Hay otros motivos de concesión relacionados con la percepción de una prestación por paro o prestación asistencial de inserción o reinserción social y laboral, de carácter público. También se considera renovación el cambio, al final de su vigencia, del tipo de permiso por cuenta ajena a cuenta propia.

Clases de permisos de trabajo por cuenta ajena
- Tipo B (inicial): Se da para un sector o actividad y ámbito geográfico en particular. Su validez es de un año.
- Tipo B (renovado): Permite realizar cualquier trabajo en todo el territorio nacional. Pueden obtener este permiso los titulares de un permiso B (inicial) al término de la vigencia de éste. Su duración es de 2 años.
- Tipo C: Permite trabajar en cualquier actividad en todo el territorio nacional. Tiene validez de 2 años y pueden obtenerlo los titulares de un permiso B (renovado) al término de la vigencia de éste