La semana pasada nos encontramos con esta noticia que, seguramente, causará precedente. Y es que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo declara nulo el despido de una mujer embarazada a pesar de que la empresa, al comunicar el cese, no sabía que estaba embarazada.

Antes, era necesario que la empresa supiera que la mujer estaba embarazada para declarar un despido como nulo pero a partir de ahora, y al causar precedente, muchas podrán beneficiarse de esta nulidad ya que podrán denunciar su despido si creen que ha sido por su estado aunque supongo que todo habrá que probarlo, seguramente los empresarios intentarán que el despido no sea por ser mujer y estar embarazada sino por otras causas.

Esto puede ser una gran ventaja para las mujeres que, antes, tenían miedo de quedarse embarazadas o incluso de decirlo, por miedo a perder su puesto de trabajo. Aunque también deja en desventaja a la empresa que no puede hacer otra cosa que dar otros motivos por los que despidió a esa mujer.

Esto ya no es una novedad pero sí sabíamos que los puestos directivos iban, cada vez más, siendo ocupados por mujeres en lugar de hombres.

Sin embargo, durante el 2008, la cuota de mujeres se redujo en todas las áreas de dirección (salvo en la financiera). Sobre datos podemos dar que en la dirección general se redujo hasta el 10%, en la dirección comercial fue hasta el 8% y en la dirección de producción fue un 4% (actualmente ocupados por mujeres).

Por contra, en la dirección financiera el tanto por ciento sí es elevado, un 22%.

En cuanto a nuestro departamento, el de recursos humanos, el área de dirección ha bajado con respecto al 2007 (del 38 al 31%).

La causa que más se baraja para este descenso es la crisis que se está viviendo, ya de cara mundial que hace que muchas mujeres encaucen su vida hacía otros lados en lugar de hacia su carrera profesional.

Sin embargo, personalmente no entiendo demasiado este descenso. Entiendo bien que la crisis hace que se reduzca el trabajo y demás pero hablamos de puestos de dirección, que han de estar siempre, y si una mujer es capaz de llevar a cabo esa función, ¿por qué no estar en ella? Lo único que se me plantea es el hecho de que quizás lo hagan para ocuparse de otros menesteres como los hijos, la casa, etc.

Vía.

Trabajas en una empresa, da igual que sea grande o pequeña y, de pronto, comienzas a saber de rumores de un recorte de plantilla, de que se va a despedir o incluso de que puede cerrar la empresa y, con ella, el puesto de trabajo que llevas haciendo durante x tiempo.

En esos momentos en los que no sabes si es verdad o no, en que temes por tu puesto de trabajo, los nervios, la situación, en algunas personas, es un momento en el que pueden llegar incluso a derrumbarse y comenzar con algún vicio (por ejemplo fumar más o beber más) para intentar desahogar las penas y olvidarte de ellas durante un tiempo.

Pero esa no es la solución. Si tienes rumores en la empresa y tu jefe o supervisor es lo bastante cercano, ¿por qué no le preguntas? Incluso puedes hacerlo al Director de RRHH quienes es posible que te expliquen si es real o no o que puedas sacar unas conclusiones tú mismo sobre la situación de la empresa.

Una vez hecho esto también puedes empezar a buscar otro trabajo aún estando trabajando. No es que puedas ausentarte de tu actual trabajo (porque no sabes si tu puesto corre peligro o no) pero sí podrías tener un seguro y después ya es cuestión de decidir.

Lo que sí tienes que tener en cuenta es que no puedes (o más bien debes) decir que te cambias de empresa porque la tuya va mal y va a haber despidos, eso es algo de carácter interno y nuestra empresa requiere de nosotros mismos un compromiso (es decir, que no vayamos soltando a cualquier información confidencial, aún cuando sean rumores).

Y, sobre todo, ten en cuenta que cuanto más nervioso y preocupado estés es posible que acabe afectando a tu rendimiento laboral y eso no es lo que queremos.

A pesar de que en todo el mundo los trabajos no son más que ideales a los que se intenta llegar sin resultado, hay veces en las que se nos dan noticias de creación de empleo muy bien recibidas.

En este caso McDonald´s planea crear este año unos 12.000 puestos de trabajo y abrir 240 nuevos restaurantes en toda Europa, principalmente en España, Francia, Italia, Rusia y Polonia. Así lo recoge “Financial Times”, que explica que esta cadena de comida rápida es una de las pocas empresas a nivel mundial que se está beneficiando de la crisis financiera.

Eso quiere decir que, si estás buscando trabajo, una buena oportunidad, aunque no sea lo tuyo, puede ser entrar en esta cadena de comida y más adelante ir buscando algo más (pero al menos ya tienes algo seguro).

No es que vaya a ser el mejor trabajo del mundo pero tened en cuenta que, cuando ya se tiene un trabajo, las cosas se ven mejor y aunque estemos mal durante un tiempo nos da mayor libertad para poder encontrar otro trabajo.

Este tipo de trabajos, que por lo que dicen serán parciales (es decir, no 8 horas diarias) puede venir bien como “una forma de pasar el rato” y obtener un beneficio económico por ello.

Muchas veces, decimos que queremos buscar trabajo pero, en grandes empresas, no sabemos muy bien cómo hacer llegar el currículum o si acaso éste puede ser leído por la persona adecuada.

En ocasiones las cajeras mismas tienen la función de recoger el currículo y de hacerlo llegar a sus jefes pero, a todos nos pasa, que pensamos que va directamente a la papelera, porque podemos estar robándole el puesto o ella (o él) ve peligrar su puesto.

Desde que nació internet y que muchas empresas grandes tienen su página web, la mejor forma para hacer llegar nuestro currículo puede ser vía internet.

Por ejemplo:

Eroski: para introducir el currículo tenéis que ir a la sección Conoce Eroski y, de ahí, a Trabaja con nosotros.

Ahí verás lo que buscan aunque no te dan un correo pero si pulsas en Atención al cliente, una de los asuntos que ponen es de Solicitud de empleo. Por tanto, puedes escribirles ahí y preguntarles dónde mandar tu currículo. Es una carta de presentación.

Como en este caso, muchas otras empresas tienen facilidades para hacer llegar el currículo y la mayoría de ellas contesta, al menos, para que sepas que ha sido recibido por la persona correcta.

Es hora  extraordinaria la que sobrepasa las 8 diarias, salvo que por convenio o acuerdo de empresas se halla establecido una distinción del trabajo que, respetando la jornada, ya semanal ya anual, de lugar a mayor horario de trabajo.

Realizar el trabajo extraordinario ha de ser voluntario bilateralmente. Será hora extraordinaria obligatoria aquella que se haya pactado en convenio colectivo o en contrato individual de trabajo. Dentro de las horas extraordinarias obligatorias aparece el concepto de horas estructurales que ha tomado carta de naturaleza sobre todo a efectos de cotización a la seguridad social.

Son horas que derivan de la naturaleza de la actividad, han de ser determinadas por acuerdo entre empresario y los representantes de los trabajadores y comunicada a la autoridad laboral. Las horas extraordinarias necesarias para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes son también obligatorias.

Se consideran también como horas extras las necesarias para abrir y cerrar el trabajo de los demás; horas trabajadas en  festivos o equivalentes de descanso semanal y horas para recuperar trabajo perdidos por causa de fuerza mayor o en la ordinaria y no imputables al empresario, previo pacto siempre posible. No se reputará como hora extra la situación en la que el trabajador este localizable y a disposición de la empresa, aunque sí es llamado a trabajar percibirá por el tiempo invertido la remuneración propia de las horas extraordinarias.

El legislador impone 3 límites: a) Las horas extra no las podrá realizar el menor de 18 años; b) La trabajadores nocturnos tampoco la podrán realizar; c) El número de horas no podrá exceder de 80 al año. Se reputan como horas extraordinarias las realizadas sobre la jornada ordinaria. Para el cómputo del número de horas extraordinarias no se tendrán en cuenta aquella que ya ha sido compensado mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. El defensor de las horas trabajadas para prevenir o reparar siniestros no se computará en  el límite de las ochenta horas anuales.

En cuanto al número de horas han de hacerse 4 precisiones: primera, el gobierno tiene la habilidad legal para reducir una amplia jornada especial; segundo, el gobierno tiene la habilidad para suprimir o reducir el número máximo de horas extraordinarias por tiempo determinado, con carácter general o para ciertas ramas de actividad o ámbito territorial para incrementar las oportunidades de colocación de los trabajadores en paro forzoso; , hay una expresa reducción del número de ochenta horas anuales en proporción a la relación que existe entre la jornada ordinaria de la empresa y la inferior que algunos trabajadores hagan en razón de la modalidad o duración de su contrato de tal suerte que son horas extraordinarias cada hora de trabajo que se realice sobre la jornada ordinaria de trabajo efectivo en el contrato a tiempo parcial; y cuarta, el empresario tiene la obligación de registrar cada día el número de horas y totalizarlas cada mes entregando al trabajador copia de ellos con la hoja de salarios.

Las horas extraordinarias en ningún caso podrán abonarse con un valor inferior al  de la hora ordinaria. El momento del descanso compensatorio habrá que fijarlo en el pacto, en ausencia, el descanso debe disfrutarse dentro de los cuatro meses siguientes a la realización de las horas extraordinarias. Se regula en el art. 35 ET.

Hay varios autores que definen el concepto de trabajo como:

-    “Tan antiguo como la propia humanidad” (Blanch, 1996, 88).
-    “Esencial para comprender la historia de la humanidad” (Agullo, 2001, 17).
-    “Una de sus más importantes señas de identidad” (Rodríguez y Martín, 2001, 65).

A pesar de que el concepto de trabajo es tan importante, a lo largo de la historia ha tenido una visión muy negativa. El trabajo se consideraba como un castigo (Adán y Eva tenían que trabajar por ser expulsados del Paraíso; los chinos que llevaban las uñas largas eran aquellos que no trabajaban y se les reconocía por ese rasgo) y como una maldición. Esta caracterización se ha dado desde el inicio de la humanidad y hasta el siglo XX.

A partir del siglo XX (con la Revolución Industrial) se comienza a cambiar la conceptualización  (incluso el Papa cambia la forma de pensar de la Iglesia con respecto al Génesis) y, en este caso, se ve como una liberación. Actualmente se considera un castigo el no trabajar, no el trabajar.

El trabajo puede ser conceptualizado como aquella inversión consciente e intencional (retribuida o no, con o sin claúsulas contractuales) de una determinada cantidad de esfuerzo (individual o colectivo) en orden a la producción de bienes, elaboración de productos o realización de servicios con los que satisfacer algún tipo de necesidades humanas” (Blanch, 1996).