RRHH

Duración del descanso anual (Las vacaciones)

Todo trabajador tiene derecho a un descanso anual o Vacaciones con carácter prolongado para garantizar la salud física y psíquica de la persona. Esta se regula en los artículos 38 del estatuto de los trabajadores, 40.2 de la constitución española y en el convenio número 132 OIT.

La duración no será inferior a treinta días naturales siendo un descanso retribuido y no puede partirse en periodos de menos de quince días ni acumularse excepto en el caso de que el trabajador trabaje en el extranjero.

El descanso anual retribuido es un derecho que deben garantizar los poderes públicos según el artículo 40.2 de la constitución española. El artículo 38.1 del estatuto de los trabajadores regula que el período de vacaciones anuales retribuidas, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales. Todo trabajador tiene derecho a treinta días anuales de vacaciones retribuidas. Son días naturales, no excluyéndosele de su cómputo los domingos y festivos que puedan entrar. Es un derecho anual y para ser titular del mismo se precisa haber trabajado 1 año.

Inicialmente el periodo de vacaciones es unitario pero puede ser dividido en dos por acuerdo de empresario y trabajador. Es obligatorio tomar las vacaciones anualmente y no es posible la acumulación de un año para otro ni la compensación económica.

Las vacaciones siempre son retribuida y siempre deber ser la que perciba en un mes normal de trabajo. Sin embargo, por convenio colectivo puede fijarse con precisión los factores de cálculo de la retribución de las vacaciones y sustraerse válidamente alguno o algunos de los emolumentos correspondiente a la jornada ordinaria.

Si hay desacuerdo para determinar el periodo de vacaciones la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. Esto viene regulado en los artículos 125 y 126 de la ley de procedimiento laboral.

Soy Licenciada en Ciencias del Trabajo y Diplomada en Relaciones Laborales. Durante mi formación me especialicé en Recursos Humanos (RRHH)

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