Mercado Laboral

Libre circulación de personas en la Unión Europea

La libre circulación de personas es uno de los pilares fundamentales de la Unión Europea (UE), garantizada por el Tratado de la UE. Esta libertad permite a los ciudadanos de los estados miembros de la UE moverse y residir libremente en cualquier otro estado miembro, sin necesidad de un permiso de trabajo o de residencia.

El principio de libre circulación también se extiende a los trabajadores, lo que significa que los ciudadanos de la UE pueden trabajar en cualquier estado miembro sin necesidad de un permiso de trabajo. Además, las empresas de la UE pueden establecerse en cualquier estado miembro y emplear a ciudadanos de cualquier estado miembro.

Esta libertad permite que los nacionales de los Estados Miembros puedan desplazarse de un estado a otro con la finalidad de realizar una actividad económica (no se le permite si no va a realizarla).

Dentro de la libre circulación de personas hemos de distinguir entre:

  • Libre circulación de personas en sentido estricto.
  • Libre circulación de trabajadores.

La libre circulación de personas se rige según el régimen comunitario a lo que hay que añadir el título IV del TUE que regula el espacio de libertad, seguridad y justicia (cruce de fronteras interiores y exteriores de la unión, cooperación administrativa judicial para que no perjudiquen los derechos de los ciudadanos que disfruten de la libre circulación).

La libre circulación de trabajadores puede subdividirse en dos casos: libre circulación de trabajadores de carácter asalariado y libre circulación de trabajadores autónomos (derecho de establecimiento). Este último es la libre circulación de servicios.

Respecto de la libre circulación de trabajadores de carácter asalariado, se puede trabajar de forma asalariada con una limitación que son los trabajos en la Administración Pública que se reservan a los nacionales del propio estado.

Esta libre circulación recoge el principio de no discriminación y sobre él gira todo lo demás. En cuanto a la Seguridad Social se intentarán coordinar los regímenes de los Estados Miembros sin que se dé lugar a una Seguridad Social Comunitaria.

Respecto de libre circulación de trabajadores autónomos, se caracteriza porque se ejerce una actividad independiente donde no hay permanencia (aunque puede haberla). Las modalidades del ejercicio son muy variables: desplazamiento del prestador; desplazamiento del receptor (turismo); desplazamiento del servicio… El principio básico sigue siendo la no discriminación.

El derecho de establecimiento permite a las personas nacionales de un estado miembro instalarse en otro estado miembro para ejercer en él una actividad económica independiente.

Soy Licenciada en Ciencias del Trabajo y Diplomada en Relaciones Laborales. Durante mi formación me especialicé en Recursos Humanos (RRHH)

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