Tipos de permisos de trabajo (I)

En España existen diversos tipos de trabajo dependiendo de la actividad que se vaya a realizar.

PERMISOS DE TRABAJO POR CUENTA AJENA
Los permisos de trabajo por cuenta ajena se solicitan cuando la actividad a realizar es estable y no tiene carácter autónomo, sino que implica un contrato de trabajo y, por tanto, una relación laboral con un empresario. Éste es quien presenta la solicitud y no el trabajador.

Los requisitos que se necesitan para solicitar el permiso de trabajo por cuenta ajena son:

- Contar con permiso de residencia, o bien solicitarlo conjuntamente.
- Tener una oferta de trabajo de un empresario autorizado para trabajar y residir en España.

A no ser que el procedimiento seguido sea el de cupos, el empresario deberá presentar con la solicitud un certificado emitido por el servicio público de trabajo en el que se acredite que no hay demandantes de trabajo disponibles para esa actividad laboral.

En cuanto a las renovaciones de los permisos, éstas no pueden contener limitaciones de validez geográfica o de tipo de actividad. Para poder solicitar la renovación debe acreditarse la continuidad de la relación laboral o contar con un nuevo contrato de trabajo; en este caso, deberá figurar la situación de alta en la Seguridad Social y acreditar la realización habitual de la actividad laboral anterior.

Hay otros motivos de concesión relacionados con la percepción de una prestación por paro o prestación asistencial de inserción o reinserción social y laboral, de carácter público. También se considera renovación el cambio, al final de su vigencia, del tipo de permiso por cuenta ajena a cuenta propia.

Clases de permisos de trabajo por cuenta ajena
- Tipo B (inicial): Se da para un sector o actividad y ámbito geográfico en particular. Su validez es de un año.
- Tipo B (renovado): Permite realizar cualquier trabajo en todo el territorio nacional. Pueden obtener este permiso los titulares de un permiso B (inicial) al término de la vigencia de éste. Su duración es de 2 años.
- Tipo C: Permite trabajar en cualquier actividad en todo el territorio nacional. Tiene validez de 2 años y pueden obtenerlo los titulares de un permiso B (renovado) al término de la vigencia de éste

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1 Comentario

Quisiera saber que Decreto habla sobre forma de contratación por unidad producida ó destajo y forma de pago por unidad producida y sus obligaciones de Ley.

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